Idioma: Español · English

Prohibición de Presentación 109(g) en Arkansas

Cómo aplica 11 U.S.C. § 109(g) en Arkansas — ley federal de bancarrota, datos del distrito de Arkansas.

Qué Hace Prohibición de Presentación 109(g)

Si su bancarrota anterior fue desestimada en los últimos 180 días por incumplimiento intencional de comparecer o acatar órdenes judiciales, o si usted voluntariamente desestimó después de una moción de levantamiento del auto de suspensión, no puede volver a presentar. Esta es una ventana de 180 días, medida desde la fecha de desestimación, no desde la fecha de presentación original.

Puntos clave:

Datos de Bancarrota de Arkansas (FJC)

89,863
Presentaciones
58.6%
Tasa de Desestimación
37,459
Solicitantes Previos
31.9%
Tasa de Descarga Previa

Distritos cubiertos: E.D. Ark., W.D. Ark..

Aplique Esto a Su Caso

Las reglas anteriores son federales — se aplican de manera idéntica en todos los estados. Lo que varía por estado son las exenciones (§522), umbrales de ingresos medios (prueba de medios), e interpretaciones jurisprudenciales de términos ambiguos. Para una respuesta específica de Arkansas, consulte el verificador o un abogado local.

Verificar Prohibición de Presentación 109(g) contra su caso →

Otros Estatutos de Arkansas