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§1329 Modificación del Plan en Distrito de Columbia

Cómo aplica 11 U.S.C. § 1329 en Distrito de Columbia — ley federal de bancarrota, datos del distrito de Distrito de Columbia.

Qué Hace §1329 Modificación del Plan

Un plan confirmado de Capítulo 13 puede ser modificado después de la confirmación a solicitud del deudor, fideicomisario, o acreedor no garantizado. La modificación extiende o reduce el período de pago, cambia el monto o clasificación de reclamaciones, o considera circunstancias cambiantes. No puede extender más allá del máximo legal de 5 años.

Puntos clave:

Datos de Bancarrota de Distrito de Columbia (FJC)

3,021
Presentaciones
74.5%
Tasa de Desestimación
945
Solicitantes Previos
13.8%
Tasa de Descarga Previa

Distritos cubiertos: D.D.C..

Aplique Esto a Su Caso

Las reglas anteriores son federales — se aplican de manera idéntica en todos los estados. Lo que varía por estado son las exenciones (§522), umbrales de ingresos medios (prueba de medios), e interpretaciones jurisprudenciales de términos ambiguos. Para una respuesta específica de Distrito de Columbia, consulte el verificador o un abogado local.

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