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§362(k) Daños por Violación del Auto de Suspensión en New Jersey

Cómo aplica 11 U.S.C. § 362(k) en New Jersey — ley federal de bancarrota, datos del distrito de New Jersey.

Qué Hace §362(k) Daños por Violación del Auto de Suspensión

Si un acreedor viola intencionalmente el auto de suspensión (continuar llamando, intentar recuperación, proseguir demanda, etc.) después de conocer su bancarrota, usted puede recuperar daños reales, honorarios de abogados, y — en casos apropiados — daños punitivos. Este remedio está disponible solo para deudores individuales, no para entidades corporativas.

Puntos clave:

Datos de Bancarrota de New Jersey (FJC)

119,583
Presentaciones
61.2%
Tasa de Desestimación
37,743
Solicitantes Previos
23.7%
Tasa de Descarga Previa

Distritos cubiertos: D. New Jersey.

Aplique Esto a Su Caso

Las reglas anteriores son federales — se aplican de manera idéntica en todos los estados. Lo que varía por estado son las exenciones (§522), umbrales de ingresos medios (prueba de medios), e interpretaciones jurisprudenciales de términos ambiguos. Para una respuesta específica de New Jersey, consulte el verificador o un abogado local.

Verificar §362(k) Daños por Violación del Auto de Suspensión contra su caso →

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