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§506 Valoración de Reclamaciones Garantizadas en Puerto Rico

Cómo aplica 11 U.S.C. § 506 en Puerto Rico — ley federal de bancarrota, datos del distrito de Puerto Rico.

Qué Hace §506 Valoración de Reclamaciones Garantizadas

La reclamación de un acreedor está "garantizada" solo hasta el valor de la garantía. Cualquier déficit por encima de ese valor es no garantizado. Este marco es el fundamento del cramdown de Capítulo 13, eliminación de gravámenes, y evitación de gravámenes.

Puntos clave:

Datos de Bancarrota de Puerto Rico (FJC)

89,959
Presentaciones
48.9%
Tasa de Desestimación
16,729
Solicitantes Previos
30.6%
Tasa de Descarga Previa

Distritos cubiertos: D. Puerto Rico.

Aplique Esto a Su Caso

Las reglas anteriores son federales — se aplican de manera idéntica en todos los estados. Lo que varía por estado son las exenciones (§522), umbrales de ingresos medios (prueba de medios), e interpretaciones jurisprudenciales de términos ambiguos. Para una respuesta específica de Puerto Rico, consulte el verificador o un abogado local.

Verificar §506 Valoración de Reclamaciones Garantizadas contra su caso →

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