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§547 Transferencias Preferenciales en Puerto Rico

Cómo aplica 11 U.S.C. § 547 en Puerto Rico — ley federal de bancarrota, datos del distrito de Puerto Rico.

Qué Hace §547 Transferencias Preferenciales

Si pagó a un acreedor más de $600 en los 90 días antes de presentar (o 1 año para transferencias a personas con información privilegiada), el fideicomisario puede "evitar" ese pago como una transferencia preferencial y recuperar el dinero para distribución a todos los acreedores por igual. Esta regla protege el principio fundamental de bancarrota de la distribución equitativa.

Puntos clave:

Datos de Bancarrota de Puerto Rico (FJC)

89,959
Presentaciones
48.9%
Tasa de Desestimación
16,729
Solicitantes Previos
30.6%
Tasa de Descarga Previa

Distritos cubiertos: D. Puerto Rico.

Aplique Esto a Su Caso

Las reglas anteriores son federales — se aplican de manera idéntica en todos los estados. Lo que varía por estado son las exenciones (§522), umbrales de ingresos medios (prueba de medios), e interpretaciones jurisprudenciales de términos ambiguos. Para una respuesta específica de Puerto Rico, consulte el verificador o un abogado local.

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